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Compensar pérdidas de años anteriores en el Impuesto de Sociedades: cómo funcionan las BINs

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Cuando una empresa cierra un ejercicio con pérdidas, esa pérdida fiscal no desaparece: se convierte en una base imponible negativa (BIN) que la sociedad puede compensar contra los beneficios de ejercicios futuros, reduciendo así la factura del Impuesto sobre Sociedades. Es uno de los mecanismos más útiles —y también más mal entendidos— de la fiscalidad de las pymes españolas, porque combina una ventaja generosa (no caduca) con unos límites y unas obligaciones de justificación que conviene tener muy claros antes de aplicarla en el Modelo 200.

¿Cuánta pérdida se puede compensar cada año?

La regla general del Impuesto sobre Sociedades es que las BINs generadas en ejercicios anteriores se pueden compensar sin límite temporal: a diferencia de otras figuras fiscales, el derecho a compensarlas no prescribe por el mero paso de los años. Lo que sí existe es un límite cuantitativo sobre cuánto se puede aplicar en cada ejercicio: con carácter general, la compensación no puede superar el 70% de la base imponible previa a esa compensación (y antes de aplicar, en su caso, la reserva de capitalización). Ahora bien, la propia norma introduce una excepción importante para no penalizar a las empresas pequeñas: en todo caso se puede compensar hasta un millón de euros, aunque ese importe supere el 70% de la base. En la práctica, esto significa que la mayoría de pymes con BINs moderadas pueden aplicarlas íntegramente en cuanto vuelven a tener beneficio, sin toparse con el límite porcentual.

Para empresas grandes, con un importe neto de la cifra de negocios elevado, la ley endurece el porcentaje aplicable (reduciéndolo respecto al 70% general cuando la facturación supera determinados umbrales), precisamente porque su volumen de base imponible hace que el límite del millón de euros deje de ser relevante. Si tu sociedad factura por encima de esos umbrales, conviene revisar el porcentaje exacto aplicable en el ejercicio antes de calcular la compensación, porque no es el mismo para todas las empresas.

Acreditar la pérdida: qué pide Hacienda y durante cuánto tiempo

Que el derecho a compensar no prescriba no significa que Hacienda tenga que creerse la cifra sin más. La Administración conserva la facultad de comprobar el origen y la cuantía de una BIN generada en ejercicios muy anteriores, incluso cuando esos ejercicios ya están fuera del plazo general de prescripción de cuatro años para liquidar el impuesto. Esa facultad de comprobación tiene su propio plazo, más largo, contado desde el fin del periodo voluntario de declaración del ejercicio en que se generó la pérdida. Superado ese plazo, la carga de la prueba se traslada al contribuyente: para seguir aplicando la BIN hay que poder acreditarla mediante la autoliquidación del ejercicio de origen y la contabilidad depositada en el Registro Mercantil de ese año. De ahí la importancia práctica de un hábito sencillo: guardar de forma ordenada, empresa por empresa, todas las declaraciones y los libros de los años con pérdidas, aunque hayan pasado ya varios ejercicios. Perder ese soporte documental es, en la práctica, la forma más común de perder también el derecho a compensar.

Dónde se reflejan las BINs en el Modelo 200

El Modelo 200 dedica un cuadro específico, dentro de la liquidación del impuesto, al detalle de la compensación de bases imponibles negativas: ahí se desglosa, ejercicio de origen por ejercicio de origen, el importe generado, lo ya compensado en años anteriores y lo que se aplica en la declaración actual, de forma que el saldo pendiente para ejercicios futuros quede trazado con precisión. Es fundamental que ese cuadro cuadre exactamente con lo declarado en los ejercicios de origen: cualquier descuadre entre lo que consta como BIN pendiente y lo que realmente se liquidó entonces es una de las incidencias más frecuentes al revisar Modelos 200 heredados de gestión anterior, y suele obligar a reconstruir varios ejercicios hacia atrás para dejar la cifra bien acreditada.

En Zythos Business nos encontramos a menudo con sociedades que arrastran BINs de años que nadie ha vuelto a mirar desde que se generaron, con la documentación de soporte dispersa o incompleta. Parte de nuestro trabajo con autónomos y pymes es precisamente ese: revisar el histórico, dejar cada base negativa correctamente acreditada y trazada en el Modelo 200, y aplicar la compensación con los límites correctos cada año, para que esa pérdida —que ya costó dinero cuando se produjo— rinda todo su valor fiscal cuando la empresa vuelve a ganar.

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