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Compensar pérdidas de años anteriores: cómo funcionan las BINs en el Impuesto de Sociedades

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Cuando una sociedad cierra un ejercicio con pérdidas fiscales, ese resultado no se pierde: se convierte en una base imponible negativa (BIN) que puede restar de los beneficios de años posteriores y reducir el Impuesto sobre Sociedades a pagar. Es una de las palancas más útiles para empresas que arrancan o atraviesan una mala etapa, pero también una de las que más errores genera al presentar el Modelo 200.

Qué es una BIN y cómo se compensa

Una BIN no es exactamente la pérdida contable. Se calcula en la liquidación del impuesto: partes del resultado contable, aplicas los ajustes fiscales (positivos y negativos) y, si la base imponible previa sale negativa, ese importe queda como BIN pendiente. Por eso conviene revisar que los gastos no deducibles estén bien tratados antes de dar por buena la cifra.

Desde la reforma de 2015 la Ley del Impuesto sobre Sociedades permite compensar BINs sin límite temporal: ya no caducan a los 18 años como antes. Se compensan de los periodos más antiguos a los más recientes, y solo cuando hay base imponible positiva suficiente.

Límites de compensación

La compensación no es libre: la ley fija un tope anual sobre la base imponible previa (antes de la reserva de capitalización y de la propia compensación). Con carácter general:

  • Se puede compensar hasta un 70 % de esa base imponible previa.
  • En todo caso, se pueden compensar bases negativas hasta 1 millón de euros, aunque el 70 % resulte inferior.
  • Las empresas con cifras de negocio elevadas (a partir de 20 millones en los doce meses anteriores) tienen porcentajes menores. Si es tu caso, comprueba el tramo exacto en la norma vigente.

Dos ejemplos con números redondos:

  • Base imponible previa de 500.000 € y BIN pendiente de 1.000.000 €. El 70 % son 350.000 €: compensas esa cantidad, tributas por 150.000 € y te quedan 650.000 € de BIN para años siguientes.
  • Base imponible previa de 900.000 € y BIN pendiente de 2.000.000 €. El 70 % son 630.000 €, pero como el mínimo de 1 millón es superior, puedes compensar los 900.000 € completos y no pagas cuota por ese concepto.

Existen excepciones y cautelas: por ejemplo, la norma restringe la compensación cuando cambia la propiedad de la sociedad y se dan ciertas circunstancias (adquisición mayoritaria por terceros con una actividad distinta o entidades inactivas). Si has comprado o vendido una sociedad con BINs, revisa este punto antes de contar con ellas.

Prescripción y acreditación

Que las BINs no caduquen no significa que Hacienda no pueda cuestionarlas. La Administración puede comprobar el importe de las bases negativas dentro de un plazo de diez años, ontados desde el día siguiente al fin del plazo de presentación de la autoliquidación del periodo en que se generaron. Pasado ese plazo ya no puede revisar el ejercicio de origen, pero el contribuyente sigue teniendo que acreditar la BIN si quiere compensarla.

Esa acreditación se hace mediante la exhibición de la liquidación o autoliquidación del ejercicio de origen, de la contabilidad y de su depósito en el Registro Mercantil. En la práctica, conviene conservar los Modelos 200 de todos los años con BIN, el libro diario y mayor, y justificante del depósito de cuentas. Sin depósito, la defensa se complica notablemente.

Dónde se refleja en el Modelo 200

En el formulario, la compensación aparece en la liquidación, justo después de la base imponible previa y de la reserva de capitalización, y se ve como una reducción de la base imponible. Además, el Modelo 200 incluye un apartado de detalle donde se informa, ejercicio por ejercicio, de la BIN generada, la ya aplicada y la pendiente. No es un simple trámite: ese cuadro es el que alimenta la declaración del año siguiente, así que un error de arrastre se repite indefinidamente.

Errores comunes que vemos a menudo:

  • Aplicar el 70 % sin comprobar si corresponde el mínimo de 1 millón.
  • Olvidar registrar las BINs generadas cuando la sociedad presenta pérdidas, dejándolas sin trasladar a años futuros.
  • Arrastrar una BIN sin haber conservado la documentación de origen.
  • Confundir la pérdida contable con la BIN fiscal, sin considerar los ajustes.

En Zythos Business llevamos el seguimiento de las bases imponibles negativas de cada sociedad ejercicio a ejercicio: comprobamos que el arrastre del Modelo 200 coincide con el anterior, calculamos el límite aplicable antes de presentar y guardamos la documentación que permite acreditarlas cuando haga falta. Si tu empresa acumula pérdidas, podemos revisar contigo cuánto puedes aprovechar.

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