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Modelo 202: cómo funcionan los pagos fraccionados del Impuesto sobre Sociedades

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Si tu sociedad tributa por el Impuesto sobre Sociedades, no esperas al año siguiente para pagar: durante el ejercicio vas ingresando a cuenta mediante el Modelo 202. Entender cómo se calcula te permite prever la tesorería y evitar pagar de más en 2026.

Qué es el Modelo 202 y cuándo se presenta

El Modelo 202 es la declaración de los pagos fraccionados a cuenta del Impuesto sobre Sociedades. Lo que ingresas durante el año se descuenta después en el Modelo 200, la declaración anual, de modo que no es un impuesto adicional, sino un anticipo.

Para las sociedades cuyo ejercicio coincide con el año natural, que son la mayoría, hay tres presentaciones:

  • Abril: del 1 al 20.
  • Octubre: del 1 al 20.
  • Diciembre: del 1 al 20.

Si el ejercicio no coincide con el año natural, los plazos se desplazan según las fechas de inicio del ejercicio. Conviene confirmarlos en la sede de la AEAT. El plazo de octubre de 2026 ya ha vencido. Si no lo presentaste y estás obligado, regularízalo cuanto antes para minimizar recargos.

La obligación existe aunque la sociedad tenga pérdidas, pero entonces el pago resultante suele ser cero. En ese caso se presenta igualmente cuando corresponde, y lo más prudente es no dar por hecho que no hay que presentar nada sin comprobarlo.

Las dos modalidades: artículo 40.2 y artículo 40.3

La Ley del Impuesto sobre Sociedades ofrece dos formas de calcular el pago.

Artículo 40.2 (la modalidad por defecto). Se calcula sobre la cuota del último ejercicio cuyo plazo de declaración ya ha vencido. Se aplica un porcentaje (el 18 % de esa cuota, minorada por deducciones, bonificaciones y retenciones soportadas) y el resultado se ingresa en cada uno de los tres pagos. Es cómoda y previsible: la cifra se conoce de antemano y no depende de cómo vaya el año actual.

Artículo 40.3 (sobre la base del ejercicio en curso). Se calcula sobre la base imponible acumulada de los primeros 3, 9 y 11 meses del año natural, aplicando un porcentaje que, para la generalidad de las empresas, es inferior al tipo general (del orden del 17 %). A cada pago se le restan los ya ingresados en el mismo ejercicio. Refleja lo que ocurre de verdad este año, pero exige tener la contabilidad al día en cada corte.

Las empresas de mayor tamaño (con cifra de negocios elevada en los doce meses anteriores) están obligadas a la modalidad del 40.3 y con reglas propias. Si es tu caso, revisa los umbrales vigentes antes de presentar.

La opción por el 40.3 se ejerce mediante la declaración censal (Modelo 036) antes del primer pago del ejercicio, dentro del plazo que fije la normativa. Una vez elegida, se mantiene en los ejercicios siguientes mientras no renuncies a ella.

Cuándo interesa cambiar de modalidad

La clave es comparar el ejercicio pasado con el actual.

  • Interesa el 40.3 si este año esperas ganar menos que el anterior: pérdidas, caída de ventas, inversiones fuertes o un ejercicio pasado extraordinario. Pagarás menos y mejorarás la liquidez.
  • Interesa el 40.2 si esperas ganar más, porque anticipas menos y evitas picos de caja. También si no quieres cerrar la contabilidad tres veces al año.
  • Sociedad recién creada: sin ejercicio anterior no hay cuota de referencia, así que el 40.2 no da pago a ingresar. Valora el 40.3 si ya tienes beneficios.

Un ejemplo con números redondos: una sociedad con una cuota de 10.000 € el año anterior ingresaría con el 40.2 unos 1.800 € en cada uno de los tres pagos. Si este año la base imponible acumulada a nueve meses es solo de 15.000 €, el 40.3 daría aproximadamente 2.550 € acumulados, de los que se restarían los pagos ya hechos. El ahorro de caja es evidente en un año flojo. Es un ejemplo simplificado: los porcentajes y las deducciones reales dependen de tu caso.

Errores comunes

Olvidar que la sociedad también presenta con pérdidas, mezclar los porcentajes de ambas modalidades, no descontar retenciones o pagos previos, cambiar de modalidad fuera de plazo y no revisar la opción cada año.

En Zythos Business llevamos la contabilidad de autónomos y pymes al día, de modo que podemos simular cada año ambas modalidades antes del primer pago y ayudarte a elegir la que mejor encaja con tu tesorería, además de presentar el Modelo 202 en plazo.

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