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Crear una SL en España siendo extranjero: costes, plazos e impuestos

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España sigue siendo uno de los destinos favoritos para extranjeros que quieren residir, invertir o abrir un negocio en el país, y para muchos de ellos la Sociedad Limitada (SL) —la forma jurídica española más parecida a una limited company británica o una GmbH alemana— es la estructura elegida para operar. El procedimiento está pensado para ser relativamente sencillo, pero quien no conoce el sistema español se topa con particularidades que no existen para un ciudadano local: un número de identificación previo obligatorio, una decisión sobre el capital social con consecuencias legales reales, y obligaciones fiscales que empiezan a correr desde el primer día, facture la empresa o no.

El NIE del administrador y la decisión sobre el capital social

Antes de pensar en notarios o en el nombre de la empresa, cualquier extranjero que vaya a ser socio o administrador de una SL necesita un NIE (Número de Identidad de Extranjero), el número que la Administración española asigna a todo extranjero para identificarlo ante Hacienda, el Registro Mercantil y el banco. Sin NIE no hay escritura de constitución posible, así que suele ser el primer trámite y, para quien vive fuera de España, también el que más tiempo consume: puede solicitarse en una comisaría en España o en el consulado español del país de residencia, y conviene iniciarlo con margen antes de plantearse cualquier otro paso.

Resuelto el NIE, llega una decisión que sorprende a muchos: el capital social mínimo legal de una SL es de 3.000 euros, pero desde la reforma que introdujo la llamada SL de formación sucesiva es posible constituirla con tan solo 1 euro. La opción del euro simbólico no es gratuita: mientras el capital no alcance los 3.000 euros, la sociedad debe destinar un porcentaje relevante del beneficio anual a una reserva legal reforzada, no puede repartir dividendos con libertad y, en caso de liquidación, los socios responden personalmente de la diferencia hasta esa cifra. Muchos extranjeros que buscan dar una imagen sólida frente a bancos, proveedores o clientes optan directamente por los 3.000 euros y evitan esas restricciones desde el primer momento.

De la notaría al Registro Mercantil: el camino hasta tener la SL operativa

Con el NIE en mano, el proceso sigue unos pasos bastante estandarizados: solicitar en el Registro Mercantil Central el certificado que acredita que el nombre elegido para la sociedad está libre, justificar el desembolso del capital social y acudir a notaría para firmar la escritura pública de constitución, donde se fijan el objeto social, los estatutos y quién administra la empresa. El notario solicita a la AEAT (la Agencia Tributaria española) un NIF provisional que permite empezar a operar mientras se completa la inscripción definitiva en el Registro Mercantil de la provincia correspondiente, el paso que da a la sociedad su plena personalidad jurídica.

Los costes se reparten entre los aranceles de notaría y registro —que dependen del capital social y de la complejidad de los estatutos— y, en la práctica, los honorarios de una gestoría o asesoría que guíe el proceso, algo especialmente recomendable para quien no reside en España o no domina el idioma ni el papeleo administrativo. Si el NIE ya está resuelto y la documentación en regla, la constitución puede completarse en pocas semanas; el verdadero cuello de botella para un extranjero suele estar antes, en obtener el NIE y en gestionar la apertura de una cuenta bancaria española a distancia.

Obligaciones desde el primer día, aunque la sociedad esté inactiva

Aquí es donde más extranjeros se llevan una sorpresa desagradable: constituir la SL no es el final del trámite, sino el inicio de un calendario de obligaciones que corre independientemente de si la empresa factura. Desde el alta en Hacienda, la sociedad queda obligada a presentar cada año el Modelo 200, la declaración del Impuesto sobre Sociedades, incluso en los ejercicios sin actividad ni ingresos. No presentarlo no es una omisión menor: genera requerimientos y sanciones de la AEAT igual que si la empresa hubiera facturado con normalidad. A esto se suman, según la actividad, las declaraciones trimestrales de IVA, las retenciones si hay administradores o empleados remunerados, y el alta en el RETA (el régimen especial de autónomos de la Seguridad Social) cuando el administrador ejerce funciones ejecutivas de forma habitual y controla la sociedad.

En Zythos Business acompañamos a menudo a emprendedores extranjeros justo en ese tramo que suele pasar desapercibido: el día después de la escritura, cuando empiezan a correr plazos y modelos que nadie explicó con claridad. Ayudamos a autónomos y pymes —también a quienes llegan desde fuera de España— a poner la contabilidad y la fiscalidad en marcha desde el primer trimestre, para que montar la sociedad no se convierta en el problema fácil y mantenerla al día en el difícil.

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