Durante décadas, el modelo de cumplimiento fiscal en el ámbito empresarial se ha basado en un principio de confianza diferida, comúnmente conocido como el modelo de «post-auditoría». En este paradigma, las empresas generan, envían y reciben sus facturas con libertad operativa, y la autoridad fiscal se reserva el derecho de revisar su validez y contabilidad a posteriori, a menudo meses o incluso años después de que la transacción haya tenido lugar. La responsabilidad de asegurar la exactitud y el cumplimiento recae enteramente en el contribuyente.
Este modelo ha demostrado ser fundamentalmente defectuoso, dando lugar a una brecha fiscal endémica que socava las finanzas públicas. La Comisión Europea, en su informe de 2023, estimó que la «brecha del IVA» (VAT Gap) —la diferencia entre los ingresos de IVA esperados y los recaudados— ascendió a 61.000 millones de euros en la UE solo en 2021. Esta colosal pérdida de ingresos, atribuible a una combinación de fraude, evasión, elusión, errores y quiebras, impacta directamente en la capacidad de los gobiernos para financiar servicios públicos esenciales como la sanidad, la educación y las infraestructuras.
El Nuevo Paradigma: Control Continuo de Transacciones (CTC)
Para combatir esta hemorragia financiera, las administraciones tributarias de todo el mundo están abandonando el modelo «post-audit» y adoptando un nuevo paradigma: el Control Continuo de Transacciones, o CTC (Continuous Transaction Controls). El CTC representa un cambio filosófico radical: en lugar de «confiar y verificar después», el nuevo lema es «verificar durante (o antes) de la transacción». Las autoridades fiscales se insertan digitalmente en el flujo de transacciones B2B en tiempo real.
Este paradigma no es monolítico, sino que se presenta en varias modalidades que se explorarán en este informe:
- Modelo de «Clearance» (Pre-validación): La modalidad más estricta. Una factura no es legalmente válida hasta que es enviada, validada y «sellada» (o «despachada») por la autoridad fiscal antes de ser enviada al receptor.
- Modelo de E-Reporting en Tiempo Real: Las empresas intercambian facturas, pero están obligadas a reportar un subconjunto de datos fiscales a la autoridad tributaria de forma inmediata o casi inmediata.
- Modelos Centralizados vs. Descentralizados: La arquitectura del sistema, ya sea a través de un único portal gubernamental o un ecosistema de proveedores privados certificados, define la experiencia del contribuyente.
El Fragmentado Panorama Europeo: ViDA y las Derogaciones
En la Unión Europea, esta transición se complica por el marco legal existente. La Directiva del IVA (Artículos 218 y 232) históricamente ha protegido el modelo «post-audit» y la libertad de las partes para acordar el formato de la factura, requiriendo que cualquier Estado miembro que desee imponer la facturación electrónica B2B obligatoria solicite una «excepción comunitaria» o «derogación».
La iniciativa de la Comisión, «IVA en la Era Digital» (ViDA o VAT in the Digital Age), es el intento de la UE de armonizar este panorama, promoviendo la facturación electrónica estructurada y los «Requisitos de Información Digital» (DRR) en todo el bloque.
Sin embargo, la realidad actual es una carrera de implementaciones nacionales que se adelantan a la plena entrada en vigor de ViDA. Países como Italia , Francia, Polonia y, ahora, España, han solicitado o recibido derogaciones individuales.
Esto ha creado la paradoja central del cumplimiento fiscal en Europa: mientras el objetivo a largo plazo de ViDA es la armonización, el resultado a corto plazo es la fragmentación. Las empresas multinacionales se enfrentan a un mosaico de sistemas de CTC nacionales, cada uno con sus propias reglas técnicas, arquitecturas y requisitos de reporte. El desafío ya no es simplemente «digitalizarse», sino navegar por un paisaje de cumplimiento incompatible.
Este informe analiza en profundidad el nuevo modelo español, comparando su arquitectura, objetivos y desafíos con los sistemas pioneros y emergentes en Europa y Latinoamérica, para proporcionar una guía estratégica a los directores financieros y tecnológicos que deben pilotar esta transformación.
El Modelo Español: Un Sistema Híbrido de Interoperabilidad Controlada
El sistema español de facturación electrónica B2B, a punto de implementarse, es quizás el más ambicioso y complejo de Europa. No es un modelo único, sino una síntesis de las lecciones aprendidas de otros países, diseñado como un compromiso político para satisfacer simultáneamente las necesidades de la agencia tributaria, el mercado de software privado y las pymes.
Su complejidad se origina en la confluencia de dos marcos legales distintos, con plazos y objetivos diferentes, que a menudo se confunden.
El Doble Marco Legal: Ley Crea y Crece vs. Ley Antifraude (Verifactu)
Para cualquier empresa que opere en España, el primer desafío es comprender que debe cumplir con dos conjuntos de obligaciones de digitalización paralelas:
- Ley 11/2021 (Antifraude) y RD 1007/2023 (Verifactu): Esta normativa se centra en la herramienta de facturación. Su objetivo es garantizar que el software utilizado para generar facturas sea «infalsificable». Impone requisitos técnicos estrictos a los sistemas informáticos, como la generación de un registro de eventos con hash encadenado por cada factura, el uso de firma digital para garantizar la integridad y autenticidad, y la inclusión de un código QR en las facturas. Esta obligación se aplica a todos los empresarios y profesionales que usen software de facturación, independientemente de si sus clientes son empresas o consumidores finales. El plazo límite para que los desarrolladores de software adapten sus productos es el 1 de julio de 2025.
- Ley 18/2022 (Crea y Crece): Esta normativa se centra en el proceso de facturación B2B. Sus objetivos declarados son la digitalización de las relaciones comerciales y, fundamentalmente, la lucha contra la morosidad. Esta ley es la que impone la obligación de expedir y recibir facturas electrónicas en las relaciones entre empresarios y profesionales (B2B). Define el formato de intercambio y la arquitectura de comunicación.
El cumplimiento en España es, por tanto, un desafío de dos ejes. No es suficiente tener un software Verifactu (cumplimiento de «herramienta») si este no puede generar y enviar una factura estructurada B2B. Del mismo modo, no es suficiente contratar una plataforma B2B si el software de contabilidad subyacente que genera los registros no cumple con los requisitos de la Ley Antifraude.
La Arquitectura del Sistema: Un Compromiso de Tres Vías
A diferencia del modelo de «tierra quemada» de Italia, que centralizó todo en un único portal estatal, España ha optado por un modelo híbrido diseñado para preservar el mercado y facilitar la adopción.
- La Solución Pública de Facturación: El Estado proporcionará una plataforma gratuita para que las pymes y autónomos puedan generar y enviar facturas electrónicas. Esto elimina la barrera del coste de entrada, un desafío clave para la adopción masiva.
- Las Plataformas Privadas: El sistema no es un monopolio estatal. Las empresas pueden (y las de mayor tamaño probablemente lo harán) seguir utilizando plataformas privadas de facturación electrónica y soluciones EDI (Intercambio Electrónico de Datos). El reglamento preliminar admite múltiples sintaxis, incluyendo UBL, Facturae, XML CII y EDIFACT.
- El Repositorio Central y la Interoperabilidad: Aquí radica el genio (y la complejidad) del modelo.
- Interoperabilidad Gratuita: La ley obliga a que todas las plataformas, públicas o privadas, garanticen la interconexión e interoperabilidad gratuitas entre sí. Un cliente de la plataforma A debe poder enviar una factura a un cliente de la plataforma B sin coste adicional por esa interconexión.
- Repositorio Universal: Independientemente de la plataforma que se utilice para emitir o recibir (pública o privada), todos los emisores deben enviar una copia fiel de cada factura al repositorio público centralizado.
Este diseño es un compromiso político extraordinario. Logra el objetivo de la Agencia Tributaria (visibilidad total a través del repositorio central ), preserva el negocio de los proveedores de software privados y subvenciona la adopción por parte de las pymes con una herramienta gratuita. Su éxito dependerá de la viabilidad técnica de implementar una «interoperabilidad gratuita» a escala nacional.
El Requisito Único: Reporte de Estados y Lucha contra la Morosidad
La característica más diferenciadora del modelo español no es la factura en sí, sino su ciclo de vida. El objetivo principal de la Ley «Crea y Crece» es combatir los plazos de pago abusivos.
Para lograrlo, el sistema no es solo un CTC fiscal (Control Continuo de Transacciones), sino un CTC de Flujo de Caja (Cash-Flow). El reglamento establece que los destinatarios de las facturas deberán informar al emisor (y, por extensión, al repositorio central) sobre dos estados cruciales de la factura:
- Aceptación o rechazo comercial completo de la factura y su fecha.
- Pago efectivo completo de la factura y su fecha.
Esta obligación transforma el sistema de facturación en una herramienta de supervisión de la morosidad sin precedentes. La Agencia Tributaria dispondrá de una base de datos en tiempo real sobre el comportamiento de pagos B2B de todas las empresas del país. Las implicaciones de esto van mucho más allá de la recaudación del IVA, pudiendo afectar en el futuro al acceso a contratos públicos, subvenciones o incluso a la calificación crediticia de las empresas. Ningún otro modelo europeo ha puesto el control de la morosidad en el centro de su arquitectura de facturación electrónica.
Plazos de Implementación Previstos
Los plazos definitivos están supeditados a la aprobación y publicación final del desarrollo reglamentario, que ha pasado por varias audiencias públicas. Sin embargo, la estructura de plazos está clara y se activará «en cascada» desde esa publicación :
- Empresas con facturación anual > 8 millones de euros: Tendrán un año desde la publicación del reglamento para adaptarse. La implementación se espera para 2026.
- Pymes y autónomos (facturación < 8 millones de euros): Tendrán dos años desde la publicación del reglamento. La implementación se espera para 2027.
Es vital no confundir estos plazos con el de la Ley Antifraude. La obligación de que el software de facturación cumpla con los requisitos Verifactu es mucho más cercana e inamovible: 1 de julio de 2025.
Comparativa: Modelos Europeos de «Clearance» (Pre-validación Fiscal)
El modelo español, aunque innovador, no surge en el vacío. Se apoya en la experiencia (y en las derogaciones de la UE) de otros estados miembros, cada uno de los cuales ha elegido un camino arquitectónico diferente.
Caso de Estudio 1: Italia (El Modelo Centralizado Maduro)
Italia fue el primer país de la UE en implementar la facturación electrónica B2B obligatoria a gran escala en 2019, convirtiéndose en el «caso de estudio» que justifica la ola de CTC en Europa.
- Arquitectura: Un modelo de «clearance» puro y 100% centralizado.
- Plataforma: Todas las facturas (B2G, B2B e incluso B2C) deben pasar obligatoriamente por una única plataforma estatal: el Sistema di Interscambio (SdI), gestionado por la Agenzia delle Entrate (la agencia tributaria italiana).
- Flujo: El emisor genera la factura en el formato XML estandarizado, denominado FatturaPA. La envía al SdI. El SdI la valida en cuestión de segundos. Si es correcta, el SdI la entrega al destinatario y la factura se considera legalmente emitida. Si es incorrecta (p.ej., un CIF erróneo), el SdI la rechaza y la factura se considera no emitida. La validación fiscal es, por tanto, una condición previa para la existencia legal de la factura.
- Impacto: El éxito de Italia es la principal prueba de la eficacia del CTC. El informe de la Comisión Europea de 2023 destacó que Italia logró una reducción del 10.7% en su VAT Gap nacional. La propia Comisión, al evaluar la prórroga de la derogación italiana, reconoció que el sistema ha aportado «resultados efectivos en la lucha contra la evasión fiscal».
- Retos: La implementación inicial supuso retos significativos para las pymes, incluyendo la «complejidad legal» y la «integración técnica». Sin embargo, la Comisión Europea ahora considera que esos «costes de adaptación» ya son «costes irrecuperables», y revertir el sistema sería perjudicial.
España vs. Italia: Italia optó por la simplicidad arquitectónica (un portal, un formato) a costa de destruir el mercado de software de facturación existente. España ha elegido una arquitectura mucho más compleja (múltiples portales, múltiples formatos) para preservar la flexibilidad y la competencia del mercado. El modelo italiano fue disruptivo y radical; el español busca ser integrador.
Caso de Estudio 2: Polonia (El «Clearance 2.0»)
Polonia está desarrollando el que puede considerarse el siguiente paso evolutivo del control fiscal: un sistema de «circuito cerrado» que vincula la factura no solo a la empresa, sino también a su pago.
- Arquitectura: Un modelo de «clearance» centralizado, similar a Italia.
- Plataforma: El Krajowy System e-Faktur (KSeF), un repositorio central del gobierno. Todas las facturas deben enviarse al KSeF, que las valida, les asigna un ID único (KSeF ID) y las almacena durante 10 años.
- Plazos: Tras varios retrasos para asegurar la robustez del sistema , las nuevas fechas de obligatoriedad son: 1 de febrero de 2026 para grandes contribuyentes (>200 millones PLN) y 1 de abril de 2026 para todos los demás.
- La Innovación Polaca (El «Circuito Cerrado»): La característica única de Polonia es el requisito de vincular el KSeF ID a los pagos. A partir de 2026-2027 (las fechas exactas de esta función se han ajustado), las transferencias bancarias B2B deberán incluir el KSeF ID de la factura que están pagando en el concepto de la transferencia.
España vs. Polonia: Ambos sistemas buscan controlar el ciclo de pago, pero sus métodos son opuestos. España añade una capa de reporte declarativo: la empresa receptora debe informar de que ha pagado. Polonia añade una capa de control automatizado: la autoridad fiscal intercepta los datos bancarios para conciliar automáticamente la factura (en el KSeF) con el pago (en el banco). El modelo polaco es fiscalmente más potente, pero también mucho más intrusivo en la operativa empresarial diaria.
Caso de Estudio 3: Francia (El «Modelo Y» Descentralizado)
Francia ha elegido un camino arquitectónico radicalmente distinto al de Italia o Polonia, optando por un modelo de «clearance» descentralizado o federado, conocido como el «Modelo Y».
- Arquitectura: El «Modelo Y» se basa en una colaboración público-privada obligatoria.
- Flujo y Plataformas: Las empresas no envían sus facturas directamente al gobierno.
- PDP (Plateformes de Dématérialisation Partenaires): Son plataformas privadas (como proveedores EDI) que deben ser acreditadas por el gobierno. Las empresas deben contratar los servicios de un PDP para emitir y recibir facturas.
- PPF (Portail Public de Facturation): Es el hub público. Su función no es actuar como un SdI (recibiendo todas las facturas), sino como un «directorio central» (Annuaire) y un colector de datos.
- El flujo es: El PDP del emisor valida la factura, consulta el Annuaire en el PPF para saber dónde está registrado el receptor, y envía la factura al PDP del receptor. Simultáneamente, el PDP del emisor extrae los datos fiscales de la factura y los envía al PPF para el control fiscal.
- El Doble Requisito (Alcance): El sistema francés impone dos obligaciones:
- E-Invoicing: Para todas las transacciones B2B nacionales.
- E-Reporting: Una obligación de reporte de datos para transacciones no cubiertas por el e-invoicing, como las transacciones B2C y las B2B internacionales.
- Plazos: Como Polonia, Francia también ha retrasado su implementación: 1 de septiembre de 2026 para grandes y medianas empresas, y 1 de septiembre de 2027 para pymes.
España vs. Francia: Ambos modelos permiten el uso de plataformas privadas, pero la diferencia es fundamental. En España, las plataformas privadas son una opción que compite con una solución pública gratuita. En Francia, las plataformas privadas (PDP) son obligatorias. En España, el portal público es el repositorio universal donde todas las facturas deben terminar. En Francia, el portal público (PPF) es solo un directorio y un colector de datos fiscales, no un repositorio de facturas.
Comparativa: Los Orígenes del «Clearance» (Modelos Pioneros de LatAm)
Los modelos europeos, aunque parecen revolucionarios, se basan en gran medida en los sistemas de «clearance» que Latinoamérica fue pionera en desarrollar hace más de una década, con México y Chile a la cabeza.
Caso de Estudio 4: México (El Ecosistema de Terceros de Confianza)
México es el verdadero precursor del modelo federado que Francia está adoptando. Su sistema de Comprobante Fiscal Digital por Internet (CFDI) es uno de los más maduros del mundo.
- Arquitectura: Un modelo de «clearance» operado por terceros de confianza.
- Plataforma (PAC): El gobierno (SAT) no recibe las facturas directamente. Las empresas deben enviar sus facturas (en formato XML CFDI 4.0 ) a un Proveedor Autorizado de Certificación (PAC), que es una entidad privada acreditada por el SAT , análoga a los PDP franceses.
- Flujo (Timbrado): El PAC valida la factura contra las reglas del SAT (incluyendo, en la versión 4.0, la pre-validación de los datos fiscales del receptor ). Si es correcta, el PAC añade un sello digital único llamado «timbre fiscal». Una factura sin timbre es legalmente nula. El PAC luego reporta la factura timbrada al SAT.
- La Innovación Mexicana (Control del Pago): México resolvió el problema del control de pagos hace años. Si una factura se emite con «Pago en Parcialidades o Diferido» (PPD), no es fiscalmente deducible. Cuando el emisor recibe el pago (o un pago parcial), está obligado a emitir un nuevo CFDI llamado «Complemento de Pago». Este nuevo documento vincula el pago a la factura original. Si el emisor no lo genera, el receptor no puede deducir el gasto.
España vs. México: El modelo de PACs de México es el claro antepasado del modelo de PDPs de Francia. El «Complemento de Pago» de México es la solución que inspiró a España y Polonia. Mientras México resuelve el control de pagos creando un nuevo documento fiscal auditable, España lo resuelve con un reporte de estado.
Caso de Estudio 5: Chile (El Modelo Impulsado por el Estado)
Chile es, junto con México, el otro gran pionero, pero con un enfoque de control estatal más directo. Su modelo de Documento Tributario Electrónico (DTE) data de 2003 (voluntario) y 2014 (obligatorio).
- Arquitectura: Un modelo de «clearance» centralizado y pionero.
- Flujo (Control de Folios): El control del Servicio de Impuestos Internos (SII) es absoluto y comienza antes de la emisión. Las empresas deben solicitar al SII un «Código de Autorización de Folios» (CAF), que es un lote de números de factura pre-autorizados. Al emitir un DTE (en formato XML) , se le asigna uno de esos folios, se firma digitalmente y se envía en tiempo real al SII para su validación. Un documento sin un CAF válido o sin validación del SII es nulo.
- La Innovación Chilena (Adopción de Pymes): Chile comprendió el desafío de la adopción de las pymes en 2005. Para solucionarlo, el SII creó el «Sistema de facturación gratuito del SII» (Portal MiPyme). Esta plataforma estatal, robusta y gratuita, eliminó la barrera del coste y aseguró la adopción masiva.
España vs. Chile: La estrategia española de la «Solución Pública de Facturación» es una copia directa de la estrategia chilena. Ambos países identificaron la adopción de las pymes como el principal punto de fricción y concluyeron que el Estado debía proporcionar una herramienta gratuita para garantizar el éxito del despliegue nacional.
Análisis Estratégico y Desafíos Transversales
La transición al CTC no es un simple cambio tecnológico; es una reconfiguración fundamental de la relación entre las empresas, sus socios comerciales y el Estado.
Tabla Comparativa Global de Modelos
Para sintetizar la complejidad analizada, la siguiente tabla compara las características clave de los seis modelos de jurisdicción:
| Característica | España (Crea y Crece) | Italia (SdI) | Francia (Modelo Y) | Polonia (KSeF) | México (CFDI) | Chile (DTE) |
| Modelo | Híbrido / Interoperable | «Clearance» Centralizado | «Clearance» Descentralizado («Y») | «Clearance» Centralizado 2.0 | «Clearance» Descentralizado (PAC) | «Clearance» Centralizado (Folios) |
| Plataforma | Pública (gratuita) O Privada | SdI (Pública, Obligatoria) | PDP (Privada, Obligatoria) | KSeF (Pública, Obligatoria) | PAC (Privada, Obligatoria) | SII (Pública) O Privada |
| Validación | Reporte a Repositorio Universal | Pre-validación (Clearance) por SdI | Pre-validación por PDP; PPF es directorio | Pre-validación (Clearance) por KSeF | Pre-validación (Timbrado) por PAC | Pre-validación (Folios CAF) por SII |
| Formatos | UBL, Facturae, CII, EDIFACT | FatturaPA (XML) | UBL, CII, Factur-X | FA(3) (XML) | CFDI 4.0 (XML) | DTE (XML) |
| Alcance | B2B (Crea y Crece) + B2C/B2B (Verifactu) | B2G, B2B, B2C | E-invoicing (B2B) + E-reporting (B2C, Intl.) | B2B (B2C opcional) | B2G, B2B, B2C (CFDI) | B2G, B2B, B2C (DTE) |
| Control de Pago | Sí (Reporte de Estado) | No (Directamente) | No (Directamente) | Sí (KSeF ID en Banco) | Sí (Complemento de Pago) | No (Directamente) |
| Sol. Gratuita Pymes | Sí (Solución Pública) | No (Mercado) | No (Mercado PDP) | No (Mercado) | No (Mercado PAC) | Sí (Portal MiPyme) |
El Desafío de las Pymes: Coste vs. Oportunidad
Para las administraciones tributarias, el CTC es una ganancia neta. Para las grandes corporaciones, es un desafío de integración. Pero para las pymes y autónomos, la transición presenta una tensión fundamental entre coste y oportunidad.
Los desafíos son evidentes y han sido reconocidos en todas las jurisdicciones: la necesidad de invertir con «recursos más ajustados» , y la barrera de la «complejidad legal» e «integración técnica».
Sin embargo, los beneficios de la digitalización forzosa también son tangibles: agilidad en los ciclos de cobro, reducción drástica de errores humanos, eliminación de costes de impresión y envío postal, y un acceso rápido y organizado a los repositorios de facturas.
La estrategia de la «solución gratuita» adoptada por Chile y ahora por España es una herramienta de política pública diseñada explícitamente para superar esta fricción. Al subsidiar la herramienta de cumplimiento, el Estado elimina la excusa del coste. Sin embargo, esto crea un mercado de dos niveles: pymes que utilizarán la solución gratuita básica, y empresas medianas y grandes que pagarán por plataformas privadas que ofrezcan valor añadido (integración con ERP, analítica de datos, gestión de tesorería, etc.). El riesgo para las pymes es quedar «atrapadas» en una solución de cumplimiento básico que no escala con su negocio.
El Futuro: Convergencia Hacia ViDA o un Caos de Cumplimiento
A medio plazo, el panorama es incierto. La iniciativa ViDA de la UE busca la armonización y la interoperabilidad basada en un estándar común. Sin embargo, la realidad es que los Estados miembros (Italia, Francia, Polonia, España) están construyendo sistemas nacionales robustos, pero incompatibles entre sí, antes de que ViDA esté plenamente en vigor.
Esto está creando un «infierno de cumplimiento» para las empresas multinacionales. Una empresa con sede en España y operaciones en Europa tendrá que desarrollar capacidades para conectarse simultáneamente al repositorio español y reportar estados de pago, al SdI italiano, a un PDP francés para e-invoicing y e-reporting, y al KSeF polaco.
La conclusión estratégica es que el valor ya no reside en el software que crea la factura, sino en la plataforma de cumplimiento global que puede abstraer esta complejidad, ofreciendo una única interfaz de gestión que se conecte, por detrás, a los múltiples y variados sistemas de CTC nacionales.
Conclusión: Posicionamiento de España y Recomendaciones Clave
Valoración del Modelo Español: El Más Complejo y Ambicioso
El análisis comparativo revela que el modelo español es, sobre el papel, el más complejo y ambicioso de Europa. España no ha elegido un modelo; los ha elegido todos.
Ha construido un «super-modelo» que intenta tomar lo mejor de cada sistema:
- El repositorio centralizado para la visibilidad fiscal total (como Italia).
- El ecosistema de plataformas privadas interoperables (como Francia/México).
- La solución pública gratuita para la adopción de pymes (como Chile).
- Un mecanismo de control de pagos único, centrado en la morosidad (una adaptación de la idea de México/Polonia).
Este intento de satisfacer a todos los actores simultáneamente es su mayor fortaleza y su mayor riesgo. La implementación de la interoperabilidad gratuita será un desafío técnico monumental, y la confusión entre las dos leyes (Verifactu y Crea y Crece) será un obstáculo de comunicación significativo.
Recomendaciones Estratégicas para las Empresas en España
Para los directores financieros, administrativos y de TI en España, la transición requiere un plan de acción dividido en cuatro frentes:
- Prioridad Inmediata (Q1-Q2 2025): Cumplimiento Verifactu. El plazo más cercano y firme es el 1 de julio de 2025. Las empresas deben auditar urgentemente todo su software de facturación (ERPs, TPVs, software de contabilidad) para asegurar que sus proveedores cumplirán con el RD 1007/2023. Esta es una obligación de herramienta que no se puede posponer.
- Decisión Estratégica (2025): Plataforma B2B.Esta es la decisión más importante a largo plazo.
- Pymes/Autónomos: Deberán elegir entre la «Solución Pública Gratuita» (ventaja: coste cero; desventaja: probablemente básica, sin integración con contabilidad o ERP) o una plataforma privada de bajo coste.
- Medianas/Grandes Empresas: La elección de una plataforma privada debe basarse en nuevas preguntas: ¿Garantiza el proveedor la conectividad con todas las demás plataformas bajo el mandato de «interoperabilidad gratuita»? ¿Soporta los múltiples formatos (UBL, EDIFACT, etc.) que mis clientes o proveedores puedan usar? ¿Cómo gestionará su plataforma el reporte de estados de pago?
- Internacionalización: Las empresas con operaciones en la UE no deben asumir que su solución española funcionará en otros países. Deben buscar socios tecnológicos con capacidad demostrada de cumplimiento multi-país, que entiendan las diferencias arquitectónicas entre el SdI, el KSeF y los PDPs.
- Foco en el Proceso (A/P y A/R): El mayor error es ver esto como un proyecto de TI. Es una reingeniería de los procesos administrativos. Los departamentos de Cuentas a Pagar (A/P) deberán implementar nuevos procedimientos para el reporte de «aceptación comercial». Los departamentos de Cuentas a Cobrar (A/R) y Tesorería deberán monitorizar y reportar el «pago efectivo». Esto requiere una revisión y automatización de los flujos de trabajo que van mucho más allá de la simple emisión de una factura.





