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Test fiscal · 1 minuto

¿Qué modelos tengo que presentar?

Autónomo o sociedad, con o sin trabajadores, con local alquilado o sin él: cada negocio presenta unos modelos distintos ante Hacienda. Responde a estas preguntas y te decimos cuáles te tocan y cuándo se presentan.

Los modelos, en una frase cada uno

El 303 es el IVA de cada trimestre y el 390 su resumen anual. El 130 (o el 131 en módulos) es el adelanto trimestral del IRPF del autónomo; en una sociedad, ese papel lo hacen el Impuesto sobre Sociedades (200) y sus pagos fraccionados (202). El 111 ingresa las retenciones de nóminas y de profesionales (con su resumen 190), el 115 las del alquiler del local (resumen 180). El 349 declara las operaciones con empresas de la UE y el 347 es la informativa anual de clientes y proveedores con los que superas 3.005,06 €.

¿Cuándo se presenta cada uno?

Los trimestrales (303, 130/131, 111, 115) se presentan del 1 al 20 de abril, julio y octubre, y en enero el cuarto trimestre (el 303, hasta el 30). Los resúmenes anuales (390, 190, 180) van en enero, el 347 en febrero y el Impuesto sobre Sociedades del 1 al 25 de julio. Con pago domiciliado, el plazo real termina unos 5 días antes.

¿Y si se me pasa un plazo?

Si presentas tarde por tu cuenta, sin requerimiento de Hacienda, se aplica un recargo del 1 % más otro 1 % por cada mes completo de retraso; a partir del año, el 15 % más intereses. Si es Hacienda quien te lo reclama, hablamos ya de sanción. Por eso lo importante no es solo saber qué modelos te tocan, sino tener el calendario controlado.

¿Cuándo se presentan los modelos trimestrales?

Del 1 al 20 de abril (1T), julio (2T) y octubre (3T); el cuarto trimestre, del 1 al 20 de enero (el 303, hasta el 30). Con pago domiciliado, el plazo acaba unos 5 días antes.

¿Los resúmenes anuales (390, 190, 180, 347) se pagan?

No: son informativos. Resumen lo ya declarado durante el año; presentarlos tarde puede acarrear sanción, pero no llevan cuota.

¿Una sociedad sin actividad presenta el Modelo 200?

Sí. El Impuesto sobre Sociedades se presenta siempre mientras la sociedad exista, aunque esté inactiva o en pérdidas.

¿Qué pasa si presento un modelo fuera de plazo?

Si lo presentas tú antes de que Hacienda lo reclame, hay un recargo del 1 % más un 1 % por cada mes completo de retraso (a partir de 12 meses, 15 % e intereses). Si media requerimiento, puede haber sanción.

¿Hablamos de tu negocio?

Te decimos exactamente qué te toca presentar y cómo lo dejamos resuelto.

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